Licencia que se otorga a todo conductor que posea una licencia de conducir vigente y realice un cambio de datos en la misma dentro de los plazo que la norma establece.
Si su licencia esta caduca (1) deberá efectuar el trámite en Categoría Original.
Si ud. desea obtener otra Clase diferente a las que posee su licencia y un cambio de datos al mismo tiempo, deberá efectuar un trámite en Categoría ampliación.
IMPORTANTE: Todos los reemplazos mantienen la fecha de vencimiento de la licencia vigente al momento de realizar el trámite, salvo que la validez este fuera del marco que la normativa establece.
Si su actual licencia fue expedida por otro Municipio deberá presentar Certificado de Legalidad de ese Distrito antes de concurrir a nuestra dependencia.
REQUISITOS
- Clase A, B y G
- Clase C y E
- Clase D
– D.N.I. Con domicilio actualizado en el Partido de Olavarría.
– Libre de Deuda municipal ( Decreto 1329/2005, http://186.0.181.253:8081/liquidacion/), y de infracciones de tránsito (www.infraccionesba.net)
– Libre de deuda del Registro de Deudores alimentarios Morosos Ley Nº 13.074( se obtiene al momento de iniciar el trámite en la oficina de Licencias de Conducir).
– Traer su actual licencia de conducir.
REFERENCIAS
1.- Art.17 de Decreto 532/09 de Ley 13.927:” Modificación de datos. Todo conductor debe ser titular de una sola licencia que lo habilite para conducir el automotor con el que circula. Todo dato del conductor que se encuentre en la Licencia, debe estar actualizado en forma permanente, debiendo denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella a la Jurisdicción que corresponda.
Si el cambio ha sido de jurisdicción, debe solicitar el reemplazo ante la nueva autoridad jurisdiccional, la cual debe otorgársela, previo nuevo informe de antecedentes, contra entrega de la anterior y por el período que le resta de vigencia.
La licencia caduca a los noventa (90) días de producido el cambio no denunciado debiendo ser secuestrada por la autoridad de aplicación y remitida a la autoridad expedidora.“
2.- La antigüedad requerida para acceder a una licencia profesional original, no debe superar los 5 años para atrás desde el día que se inicia el trámite.