LICENCIA POR PATERNIDAD

Se considera Licencia al tiempo de no prestación de servicios por las causas que la Ordenanza y el Convenio Colectivo de Trabajo establezcan, con goce íntegro de haberes.

¿En qué consiste?

Consiste en otorgar la Licencia por Paternidad al personal municipal.

¿A quién le corresponde?

Al trabajador municipal paterno.

¿Quién lo puede solicitar?

El trámite puede ser iniciado por el beneficiario directo o un tercero, a través del sistema GDE.

Documentación a aportar

  • Requiere formulario
  • Licencia personal: Cuando la licencia es para sí mismo deberá confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia – FSOLI”, pedido de “Licencia por Paternidad” en Módulo LUE de sistema GDE. 
  • Licencia para un tercero: Cuando la licencia es para otra persona deberá confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia – FSOLI”, pedido de “Licencia por Paternidad” en Módulo GEDO de sistema GDE.

Guía de Pasos

1 Ir a GDE.OLAVARRIA

2 Loguearse con su clave personal.

3 Confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia-FSOLI”¹ en Módulo LUE o Módulo GEDO de sistema GDE, según corresponda.

4 Firmar el documento y enviarlo a firmar por el superior inmediato del trabajador y el Secretario del área que depende.

5 Enviar a la Dirección de Personal y Recursos Humanos a través de sistema GDE.

6 Aguardar la aprobación o denegación de su solicitud.

7  Una vez ocurrido el parto, se deberá presentar el Certificado de nacimiento y la documentación del recién nacido (DENTRO DEL PRIMER MES) en la Dirección de Personal y Recursos Humanos, como Documento Electrónico² a través del Sistema GDE.

¹ Ver Guía para la Solicitud de Licencias en GDE.

² Ver Guía para la Carga de documentos digitalizados en GDE.

En caso de no funcionar correctamente el GDE o en casos especiales utilizar el formulario 03 – Pedido de licencia

  • Nombre de la dependencia responsable: Dirección de Personal y Recursos Humanos.
  • Marco Legal: Artículo Nro. 92 de la Ley 14656.
  • Plazo del proceso o de la resolución en días hábiles: La gestión es inmediata.
  • Cantidad total en días: Se otorgarán 5 (cinco) días corridos. En caso de nacimiento múltiple el lapso previsto se extenderá por un plazo no inferior a los diez (10) días corridos por cada hijo/a nacido de dicho parto.
  • ¿Cuándo debe solicitarse? El día del nacimiento.
  • ¿Puede modificarse? Si. ¿Cómo? Comunicarse con la Dirección de Personal y Recursos Humanos para modificar o cancelar la licencia.
  • Observaciones: Si el parto estuviera programado puede iniciar la tramitación con anticipación.

Medio de Gestión: Virtual

Rivadavia 2800
Lunes a viernes de 7 a 13hs.
440442 INT. 1651
personal@olavarria.gov.ar