La sucesión de Catriel

 


Sobre la relación institucional y ética que existía dentro de las parcialidades indias, o sea las familias extensas que incluían ahijados, yernos, entenados, echa luz el siguiente documento cuya copia se guarda en el Archivo Histórico.

Es la apertura de la sucesión de Cipriano Catriel por el albacea, su hermano Juan José. Se tramitaba en Dolores, asiento de los tribunales que abarcaban esta zona hasta la apertura de los de Azul.
 Dice:

Dolores, abril 14 de 1875.

            Mariano Frías, vecino mayor de edad, con domicilio legal en la Calle Paraná n° 46, en representación del cacique principal de las tribus adictas al gobierno de la Nación, coronel LD.- Juan José Catriel, lega el testimonio de poder constituído que acompaña, en cuya virtud V S se ha de servir tenerme por parte legítima, como más haya lugar por derecho y digo:

            Que el hermano de mi representado, el cacique Cipriano Catriel, dejó de existir como es notorio, durante el movimiento revolucionario que terminó en los campos de G N habiendo sido ejecutado en el Fortín Olavarría, partido de Azul, algunos días antes de terminar la revolución, por órdenes superiores del gobierno de la Nación.

            La muerte del cacique tuvo lugar según las diligencias practicadas sin haber hecho testamento ni de otro modo alguno dispuso de sus intereses.

            Por el fallecimiento han quedado algunos bienes de fortuna en el pueblo y partido del Azul, cuya averiguación agita mi comitente, y las que designare el juzgado tan pronto como se acopien los antecedentes relativos que espero, así como de otros que según noticias existen en aquel pueblo.

            En poder de don Antonio Cambaceres, domiciliado en la Capital, existen papeles y documentos entregados por el finado, que deben dar mucha luz sobre ese particular, según las diligencias practicadas.

            En los campos que ocupa la tribu de mi representado existen  algunas ovejas en poder de uno de los capitanejos a quien mi comitente ha prevenido ya de la obligación de conservarlas para la sucesión. El finado ha dejado (no legible) que se presentaron a mi representado, pero también existen créditos a su favor según las diligencias practicadas, que es urgente proceder a cobrar y satisfacer aquellos cuyo cobro agitan los intereses dados.

            Por fallecimiento del cacique han quedado dos hijos menores bautizados en el pueblo del Azul, quienes permanecen al lado de mi representado, que se ha dedicado desde la muerte de su hermano a la educación y alimentación de ellos.

            Mi comitente, como jefe de la tribu, reconocido en tal carácter por el Superior Gobierno de la Nación, es el representante legal de los indios que forman la tribu, goza de esa preeminencia absoluta respecto de los miembros de su familia según la organización de la tribu, y en tal carácter se encuentra a cargo de los menores herederos, practicando las diligencias indispensables al arreglo de la sucesión y que dicha se liquide según las leyes de la Nación.

            Basado en esas razones y en el interés de los menores que carecen de parientes que puedan ejerce la tutela legítima, voy  a permitirme pedir el cargo para mi comitente, confiado en que el Juzgado accederá a ello en atención a lo expuesto y a la justicia que envuelve.

            Provocada pues la apertura de la sucesión, a fin de proceder sin demora a la liquidación y hacer efectivos los derechos de los menores hijos del finado cacique Cipriano Catriel, vengo formulando las siguientes peticiones:

l-Se libre oficio al jefe militar del Fortín Olavarría para que informe sobre la muerte de Cipriano Catriel

2-Se libre oficio al cura párroco del pueblo del Azul para que expida y remita en forma las partidas de bautismo de los menores hijos del referido cacique, cuyos antecedentes proporcionará mi comitente.

3-Se libre oficio al Juez de Paz de Azul para que inventarie y tase con las formalidades de la ley, las ovejas denunciadas, así como las propiedades de la sucesión.

4.Que se  libre exhorto a los jueces de la Capital para que intimen a don Antonio Cambaceres la entrega de las escrituras y papeles que el finado Catriel le confió antes de su fallecimiento.

5.Finalmente, se sirva discernir el cargo de tutor a mi comitente José M Catriel, de sus sobrinos herederos de la sucesión remitiendo la diligencia al Juez de Paz de Azul.
            Por lo tanto.
A V S suplico que habiéndome presentado con el testimonio de poder acompañado, proceda de conformidad.
Otro sí digo: Que VS se ha de servir disponer se cite por edicto y en los diarios de la Capital a los que se consideren con derecho a los bienes yacentes de la sucesión, ya sea como herederos o deudores de la sucesión, durante los días que marca la ley
           
                                     Será también justicia.

 

Mariano Frías
Letrado: Plaza Montero
Presentado, 23 abril de 1875
Juez de l° Instancia de Dolores Dr. Justo P Ostiz

 

Dolores, 14 de octubre de 1875

Mariano Frías por don J J Catriel en autos testamentarios del cacique Ciprano Catriel digo_
Que no siéndome posible por mis ocupaciones atender como deseara este asunto, vengo ante VS se sirva librar oficio a uno de los jueces de Primera Instancia de la Capital para que notifique a don Luis Briones que fue quien me constituyó en poder. Ese señor tiene domicilio en el estudio de Angel Plaza Montero, calle Potosí entre Bolivia e Independencia.
Dolores, febrero 9 de 1876

Mariano Frías reclama honorarios suyos y de Plaza Montero
El Juez contesta que no hace lugar por no considerar terminada la intervención.

Abril 28  de 1882

El Juez solicita al cura acta de defunción de Mariano Frías, fallecido el 3 de octubre de 1881 a los 75 años de edad. Era viudo de Ceferina Garrido.

Dolores, 6 de maryo de 1882

Al Juez de Paz de Azul

¿Cuántas son las fincas de la sucesión en el Azul?

Quién las ocupa? Si saben en poder de quien están los títulos de propiedad o por qué  oficina han sido otorgados y en que época. Si conoce otros bienes (inmuebles, semovientes o muebles). Puede tomar datos de  los vecinos Pourtalet, Berdina y Eustaquio Zapata

Firma. Remigio Molla.

Dolores, junio 9 de 1882
Alfredo C Fernández al Juez Civil

            Las casas de Azul eran dos, una de ellas, que había sido hospital militar, está fotografiada en un libro de Alberto Sarramone sobre Azul y la otra está en el Archivo General de la Nación y se reprodujo -entre otras- en Todo es Historia.

            Para seguir los aspectos éticos y ceremoniales del duelo hay memorias de Santiago Avendaño, del coronel Baigorria, de Ebelot, de Manuel Olascoaga, entre otros.


  Catriel
 

 

Catriel

 


 

 

 

Cuadro de texto: Bibiana Garcia, machi de los indios Catriel y esposa de Ceferino.   Mas tarde Guia y Jueza de Paz en Rio Colorado

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 
 
 
 
 
 
 
   
 

www.olavarria.gov.ar/archivo
Archivo Histórico Municipal
Marzo de 2011
Textos: Aurora Alonso de Rocha